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jueves, 24 de junio de 2010

L PERÚ NECESITA IMPLEMENTAR EL DERECHO A LA CONSULTA PREVIA A LOS PUEBLOS INDIGENAS

Las organizaciones amazónicas y andinas de los pueblos indígenas a nivel nacional y quienes suscribimos el presente, nos dirigimos a la opinión pública nacional e internacional para manifestar nuestra indignación y rechazo frente a la decisión del Poder Ejecutivo de observar la Ley de Consulta Previa a los Pueblos Indígenas que fuera aprobada por el Congreso de la República.
Luego de los lamentables sucesos de Bagua, se abrió un canal de entendimiento entre el Estado y los pueblos indígenas en las Mesas de diálogo. Las organizaciones indígenas, participamos en este proceso con voluntad sincera de arribar a consensos y soluciones, llegando a concertar en la Mesa N° 3, sobre la base de la propuesta de la Defensoría del Pueblo, un proyecto de ley sobre Consulta Previa, el que fue luego desconocido por el Poder Ejecutivo.
Las organizaciones indígenas, andinas y amazónicas, en consenso, le dieron continuidad a este proceso, presentándolo a la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República. Esta Comisión, aprobó un proyecto de ley respaldado ampliamente por las organizaciones indígenas. Sin embargo, el pleno priorizó la discusión del dictamen de la Comisión de Constitución, el que finalmente fue aprobado. Manteniendo nuestra voluntad de concertación, aceptamos la ley aprobada.
Este proyecto, que sólo recoge los contenidos mínimos que garantizan el derecho a la consulta, ha sido observado por el Gobierno, con los siguientes argumentos:
Se desconoce a las comunidades andinas como sujetos de derecho del Convenio N° 169 de la OIT. Sin embargo, la Constitución Peruana, no distingue entre los derechos de Comunidades Campesinas y Nativas; el propio Estado Peruano en sus informes a la OIT, ha reiterado que las Comunidades Campesinas están amparadas por el Convenio; la OIT, el Relator de Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, todas ratifican este concepto. Cabe señalar que según datos del INEI del 2008, el 26% de la población peruana se autoreconoce como integrante de un pueblo indígena u originario.
El gobierno quiere librar de responsabilidad a los funcionarios que incumplan con el derecho de consulta previa. Asimismo, pretende que ningún proceso judicial impida la ejecución de sus decisiones aún cuando no sean consultadas.
Se vulnera el derecho a la autonomía de las organizaciones indígenas y a las formas de decisión interna de los pueblos indígenas, al intervenir la ONPE, como entidad que definiría la representación de los pueblos que son consultados.
Se argumentó que el derecho a la consulta no abarca los Planes, Programas y Proyectos de Desarrollo. Ello falta a la verdad puesto que el artículo 7 del Convenio de OIT señala expresamente que “dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente”.
El Gobierno pretende confundir a la opinión pública levantando el concepto de veto cuando este no está recogido en el dictamen aprobado. El consentimiento que exigimos los pueblos indígenas implica la búsqueda de consensos, sin imposiciones.
Se pretende legitimar las violaciones a los derechos de los pueblos indígenas mediante indemnizaciones; de esa manera buscan “comprar” nuestros territorios, nuestra dignidad, en suma nuestra vida.
Las observaciones del Gobierno nos remiten a la misma situación vivida antes de los sucesos de Bagua e incluso la agravan. Se continúa con la política del “perro del hortelano”, desconociendo a los pueblos indígenas, para mantener a toda costa los exagerados beneficios a las industrias extractivas.
Las observaciones planteadas hacen inviable un acuerdo. Es por ello que solicitamos al Congreso de la República que insista en la promulgación de la Ley aprobada.
El actual esquema de decisiones sobre los recursos naturales y los bienes públicos es vertical, poco participativo, y durante este gobierno, totalmente autoritario, lo que ha elevado la conflictividad social. La implementación de la consulta previa, permitiría espacios de diálogo que evitarían los conflictos.
Convocamos a los sectores sociales, políticos, medios de comunicación, y a la opinión publica en general, a exigir la aprobación de la ley, sin observaciones.

POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS DEL PERÚ¡

NUESTROS DERECHOS EXISTEN Y ESTAN VIGENTES AUN SIN REGLAMENTO¡

Lima, 23 de junio 2010.

ORGANIZACIONES: AIDESEP, CONACAMI, CCP, CNA, CONAP.
INSTITUCIONES: PAZ Y ESPERANZA, CNDH, APRODEH, COOPERACCIÓN, RED MUQUI, CARE, FEDEPAZ, PROGRAMA DE DEFENSA INDIGENA, DAR, CAAAP,
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martes, 15 de junio de 2010

LIBERTAD PARA LOS DIRIGENTES LÍDERES Y COMUNEROS INDIGENAS PROCESADOS Y PERSEGUIDOS POR LA DEFENSA DE SUS DERECHOS COMO PUEBLO


Reunidos en la sede de la Organización de Desarrollo de las Comunidades Nativas Fronterizas del Cenepa (ODECOFROC), ubicada en la Región Amazonas, el día 26 de mayo de 2010, los dirigentes de las organizaciones indígenas representativas Consejo Aguaruna Huambisa (CAH), Federación de las Comunidades Awajun de Santiago (FECAS), Consejo Indígena Amazónico del Perú (CIAP), Organización de Desarrollo de las Comunidades Nativas Fronterizas del Cenepa (ODECOFROC), Organización para el Desarrollo de las Comunidades Indígenas de Numpatkaim y Alto Comaina (ODECINAC) y Organización para el desarrollo de las Comunidades de Alto Comaina (ODECOAC), Federación de Mujeres Aguarunas del Alto Marañón (FEMAAM), de la organización regional ORPIAN-P, de la organización nacional Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), líderes, lideresas y Apus de las Comunidades Nativas, expresamos públicamente lo siguiente:
1. El Gobierno, después de los trágicos sucesos del 5 de junio del 2009, como consecuencia de su condenable accionar frente a la legítima defensa de los pueblos indígenas por nuestros territorios y la Amazonía, lejos de haber implementado medidas de reparación y reconciliación, viene practicando una estrategia de criminalización de la protesta social, produciendo leyes orientadas a ello (como mas de una decena de decretos que hacían parte del paquete legislativo del año 2008 y que afectaban y siguen afectando los derechos fundamentales de la persona), persiguiendo con denuncias, intervenciones policiales y procesos penales a líderes y comuneros indígenas.

2. En relación con ello, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y libertades fundamentales de los indígenas, Profesor James Anaya, en sus “Observaciones sobre la situación de los pueblos indígenas de la Amazonía y los sucesos del 5 de junio y días posteriores en las provincias de Bagua y Utcubamba”, enfatizó: “[…] si bien reconoce la necesidad de que se preserve el orden público y que se investigue y sancione a los responsables de delitos y/o violaciones de derechos humanos, el recurso o utilización de la vía penal no debería ser la vía ordinaria para abordar la conflictividad y protesta social, sino que debería ser el último recurso aplicable (última ratio) y debería estar estrictamente limitado al principio de necesidad social imperiosa en una sociedad democrática”. (Párrafo 39, 20.07.09). Asimismo, la CIDH, pronunciándose para el mismo caso señaló: “es incompatible con una sociedad democrática donde las personas tienen el derecho de manifestar su opinión” (Comunicado de Prensa N°35/09, 08.06.09).

3. En la fecha, hacemos pública nuestra enorme preocupación por el alto número de hermanos awajun y wampis que se encuentran sufriendo lentos procesos penales (más de sesenta comuneros y dirigentes) y encarcelamiento (cuatro), así como por muchos otros que, sabiéndose perseguidos y sin tener certeza sobre su situación legal, se encuentran escondidos con los consiguientes temores y perjuicios para sí mismos, sus familias y sus comunidades. Asimismo, el Gobierno mantiene su persecución a través de juicios penales a dirigentes regionales y nacionales.

4. Nuestro presidente de AIDESEP, Alberto Pizango Chota, quien por razones de seguridad, se encontraba asilado en un país extranjero, ha retornado al país por su propia voluntad, y actualmente, bajo medidas de comparecencia restringida, viene defendiendo su inocencia frente a los cargos que se le imputan injustamente.

5. Todo ello, a pesar de que la reciente aprobación de la Ley de la Consulta por el Congreso legislativo ha consagrado como legítima nuestra lucha contra los decretos legislativos inconsultos que afectaban y aún afectan nuestros derechos fundamentales reconocidos por tratados internacionales ratificados por el Estado peruano.

6. Ahora, tras más de un año de persistir esta situación ya insostenible, exigimos que el Poder Judicial y el Ministerio Público, aplicando el debido proceso, y los principios y criterios de justicia, verdad, democracia e interculturalidad, actúen con la prioridad e inmediatez necesarias para devolver la libertad y tranquilidad a nuestros dirigentes, líderes y hermanos inocentes, víctimas del juego de este gobierno por entregar nuestros territorios y los recursos naturales del país a intereses transnacionales.

7. En tal sentido, urgentemente, demandamos muestras claras de atención a lo solicitado y de la voluntad del Gobierno hacia la reconciliación y la paz social. De lo contrario, nuestro deber será tomar las acciones de protesta necesarias, ante lo que sería un acto más de desprecio para nuestros pueblos y de injusticia hacía nuestros hermanos.
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